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Alquiler de vivienda: ¿Se puede cambiar la cerradura después de una mudanza?

Se puede cambiar la cerradura después de una mudanza

Alquiler de vivienda: ¿Se puede cambiar la cerradura después de una mudanza?

El inquilino al que se alquiló la casa no te ha pagado desde hace varios meses después de la mudanza

Lo has solicitado varias veces sin obtener resultados. Así que hizo que tu abogado te escribiera y, finalmente, inició el procedimiento de desalojo.

Pero la justicia tiene su tiempo de inactividad, y estás perdiendo la oportunidad de «poner la propiedad en la calle«. Así que decidiste intentarlo todo para forzarlo a irse y has contacto con varios cerrajeros en Alcorcón.

Al no poder cortar las luces y el gas porque los servicios no están a tu nombre, está considerando llamar a un cerrajero en Getafe para cambiar las cerraduras. Además, has oído que el inquilino vive fuera de la ciudad desde hace mucho tiempo y el apartamento está vacío.


¿Cómo defenderte del malhumorado inquilino?

Sin embargo, antes de explicar si puedes cambiar la cerradura en una casa alquilada, y evitar la apertura de la puerta. Nos gustaría darte algunas sugerencias prácticas para evitar encontrarte en tal situación.

Hay varias maneras de protegerte contra un inquilino que está en mora. En todos estos casos, sin embargo, hay que anticiparte a la situación. Por lo general, siempre es bueno que otra persona firme el contrato de arrendamiento además del inquilino, de modo que se tenga un garante que intervenga en caso de incumplimiento. Esta persona, por supuesto, debe tener sólidas garantías financieras.

En segundo lugar, es conveniente insertar en el contrato la llamada cláusula de rescisión expresa que te dará la posibilidad, en caso de impago del alquiler, de considerar rescindido el contrato sin necesidad de la intervención del juez, simplemente enviando una carta certificada al inquilino. El procedimiento de desalojo sólo le servirá para echar al inquilino, si no quiere hacerlo espontáneamente.

Según la sentencia en cuestión, el propietario de una vivienda puede ser demandado por el delito de «ejercicio arbitrario de sus razones» si, aprovechando la ausencia temporal del inquilino, sustituye la cerradura de la casa alquilada en lugar de acudir al tribunal de desahucio.

Es cierto que el inquilino está en mora y que el contrato ya no tiene razón de ser, pero no se puede hacer justicia a uno mismo, sobre todo cuando se puede infringir un derecho esencial como el derecho al techo. Impedir que el inquilino regrese a casa, usa sus propias cosas y duerma en el interior es un comportamiento serio en sí mismo.

El derecho a la posesión del piso alquilado forma parte de los derechos de la persona y no puedes ponerte al mismo nivel que un derecho de propiedad como el derecho a recibir un alquiler.

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